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Costa de Lagos y ríos

España

Lagos y ríos de las Islas Canarias: peces y mapa de pesca

Encuentra tu tramo de agua. Explora los lagos y ríos, conoce las especies y planifica tu próximo día junto al agua.

Vista previa del mapa Lagos y ríos Lagos y ríosLas 2 zonas en el mapa

01 / Descubrir las aguas

Lagos y ríos de las Islas Canarias: zonas de pesca 2

Elige un lugar, consulta sus detalles o ve directamente a su punto en el mapa.

Ahora mismo esta región tiene 2 zonas registradas — pocas frente a las demás regiones. Los registros siguen creciendo.

Las 2 zonas en el mapa ↗

02 / Especies

¿Qué se pesca en los lagos y ríos de las Islas Canarias?

Conoce las especies registradas en estas aguas. Abre una especie para ver sus técnicas, cebos y zonas de pesca.

Ver las 2 especies ↗

En temporada · octubre

Lagos y ríos de las Islas Canarias: calendario de pesca

Especies en plena temporada este mes. La información de temporada orienta, no garantiza la captura.

El número de especies alcanza su máximo en los lagos y ríos de las Islas Canarias en may, jun, jul — la franja muestra cuántas especies son productivas en cada mes.

  1. 0 ene
  2. 0 feb
  3. 0 mar
  4. 1 abr
  5. 2 may
  6. 2 jun
  7. 2 jul
  8. 1 ago
  9. 2 sep
  10. 1 oct
  11. 0 nov
  12. 0 dic

La altura de la franja es el número de especies productivas de ese mes; no es una garantía de captura. La columna turquesa es el mes en el que estamos.

En temporada · octubre

Carpa

Qué se pesca en los lagos y ríos de las Islas Canarias mes a mes

Para cada mes, las especies de temporada: primero las más estacionales.

ene
Sin registros
feb
Sin registros
mar
Sin registros
ago
Carpa
oct
Carpa
nov
Sin registros
dic
Sin registros

Qué se pesca en los lagos y ríos de las Islas Canarias este mes

Según la puntuación de investigación de este mes en los puntos de lagos y ríos de esta región.

Bueno

Puntuación de 0 a 100 según la temporada, la temperatura del agua, el hábitat y los registros locales; una tendencia general, no una garantía.

Antes de lanzar

Reglas propias de esta región 16

Las entradas son resúmenes elaborados a partir de la normativa de pesca del país; cada una indica su base legal y su fuente oficial. Lo vinculante es el texto oficial, y las normas pueden variar según la región y la masa de agua. Revisa las normas de tu licencia antes de pescar.

Marco legal y licencias

Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (Ley 42/2007 (13.12.2007); art. 64, 64 bis, 64 ter, 65). Legislación básica (marco) estatal. La caza y la pesca solo pueden practicarse de forma compatible con la conservación de las especies (art. 65). Se prohíbe la posesión, el transporte, el comercio y la liberación en el medio natural de las especies incluidas en el catálogo de especies exóticas invasoras (art. 64). Art. 64 ter (añadido por la Ley 7/2018): las especies del catálogo introducidas en el medio natural antes de 2007 y con interés pesquero (carpa, black bass, trucha arcoíris, etc.) solo pueden pescarse en sus áreas de distribución anteriores a 2007, en el marco del control o la erradicación. Las CCAA delimitan estas áreas mediante mapas. Las CCAA pueden autorizar la suelta de trucha arcoíris. La competencia en pesca continental corresponde a las comunidades autónomas (CCAA). Licencia: no existe una licencia nacional única. Cada CCAA expide su propia licencia de pesca continental. Existe también un convenio de 'licencia interautonómica de pesca' válido entre varias CCAA (convenio de 2015; CyL lo reconoce). Autoridad competente: MITECO (Ministerio para la Transición Ecológica) legislación básica; aplicación por los departamentos de medio ambiente/pesca de las CCAA.

Base legal: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad texto de la orden ministerial

Marco legal y licencias

Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (Ley 42/2007 (13.12.2007); art. 64, 64 bis, 64 ter, 65). Legislación básica (marco) estatal. La caza y la pesca solo pueden practicarse de forma compatible con la conservación de las especies (art. 65). Se prohíbe la posesión, el transporte, el comercio y la liberación en el medio natural de las especies incluidas en el catálogo de especies exóticas invasoras (art. 64). Art. 64 ter (añadido por la Ley 7/2018): las especies del catálogo introducidas en el medio natural antes de 2007 y con interés pesquero (carpa, black bass, trucha arcoíris, etc.) solo pueden pescarse en sus áreas de distribución anteriores a 2007, en el marco del control o la erradicación. Las CCAA delimitan estas áreas mediante mapas. Las CCAA pueden autorizar la suelta de trucha arcoíris. La competencia en pesca continental corresponde a las comunidades autónomas (CCAA). Licencia: no existe una licencia nacional única. Cada CCAA expide su propia licencia de pesca continental. Existe también un convenio de 'licencia interautonómica de pesca' válido entre varias CCAA (convenio de 2015; CyL lo reconoce). Autoridad competente: MITECO (Ministerio para la Transición Ecológica) legislación básica; aplicación por los departamentos de medio ambiente/pesca de las CCAA.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Marco legal y licencias

Ley que modifica la Ley 42/2007 (Ley 7/2018 (20.07.2018), BOE-A-2018-10240). Se aprobó después de que el Tribunal Supremo anulara en 2016 algunas disposiciones del RD 630/2013 (DA 5ª, etc.). Mediante el art. 64 ter volvió a permitir la pesca en zonas delimitadas de especies invasoras establecidas antes de 2007 (carpa, black bass, lucio, lucioperca, siluro, trucha arcoíris). Los ejemplares capturados fuera de estas zonas no pueden devolverse al agua y deben sacrificarse. Autoridad competente: Cortes Generales / MITECO.

Base legal: Ley 7/2018, de 20 de julio, de modificación de la Ley 42/2007 texto de la orden ministerial

Marco legal y licencias

Ley 7/2018, de 20 de julio, de modificación de la Ley 42/2007

Ley que modifica la Ley 42/2007 (Ley 7/2018 (20.07.2018), BOE-A-2018-10240). Se aprobó después de que el Tribunal Supremo anulara en 2016 algunas disposiciones del RD 630/2013 (DA 5ª, etc.). Mediante el art. 64 ter volvió a permitir la pesca en zonas delimitadas de especies invasoras establecidas antes de 2007 (carpa, black bass, lucio, lucioperca, siluro, trucha arcoíris). Los ejemplares capturados fuera de estas zonas no pueden devolverse al agua y deben sacrificarse. Autoridad competente: Cortes Generales / MITECO.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Marco legal y licencias

Reglamento del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras (RD 630/2013 (02.08.2013); art. 7, 10). Peces del catálogo: carpa (Cyprinus carpio), black bass (Micropterus salmoides), lucio (Esox lucius), lucioperca (Sander lucioperca), siluro (Silurus glanis), trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss), alburno, pez sol (Lepomis gibbosus), Ameiurus melas, Gambusia, Pseudorasbora, cangrejo rojo americano (Procambarus clarkii), cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), etc. Prohibida la posesión en vivo, el transporte, el comercio y la suelta al agua. La pesca solo se permite en las áreas del art. 64 ter y conforme a la regulación de las CCAA. Autoridad competente: MITECO.

Base legal: Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español… texto de la orden ministerial

Marco legal y licencias

Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español…

Reglamento del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras (RD 630/2013 (02.08.2013); art. 7, 10). Peces del catálogo: carpa (Cyprinus carpio), black bass (Micropterus salmoides), lucio (Esox lucius), lucioperca (Sander lucioperca), siluro (Silurus glanis), trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss), alburno, pez sol (Lepomis gibbosus), Ameiurus melas, Gambusia, Pseudorasbora, cangrejo rojo americano (Procambarus clarkii), cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), etc. Prohibida la posesión en vivo, el transporte, el comercio y la suelta al agua. La pesca solo se permite en las áreas del art. 64 ter y conforme a la regulación de las CCAA. Autoridad competente: MITECO.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Marco legal y licencias

Reglamento de la UE sobre la anguila europea y planes de gestión de la anguila de las CCAA (Reg. (CE) 1100/2007). La anguila (Anguilla anguilla) está totalmente prohibida en aguas continentales en la mayoría de las CCAA (Galicia, Asturias, Andalucía, CLM, Valencia, Extremadura). Como excepción, La Rioja permite su pesca con cupo en la cuenca del Ebro. Autoridad competente: CCAA.

Base legal: Reglamento (CE) 1100/2007 (anguila europea) y planes de gestión de la anguila d… texto de la orden ministerial

Marco legal y licencias

Reglamento (CE) 1100/2007 (anguila europea) y planes de gestión de la anguila d…

Reglamento de la UE sobre la anguila europea y planes de gestión de la anguila de las CCAA (Reg. (CE) 1100/2007). La anguila (Anguilla anguilla) está totalmente prohibida en aguas continentales en la mayoría de las CCAA (Galicia, Asturias, Andalucía, CLM, Valencia, Extremadura). Como excepción, La Rioja permite su pesca con cupo en la cuenca del Ebro. Autoridad competente: CCAA.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Métodos y cebos

Las especies invasoras del catálogo (carpa, black bass, lucio, lucioperca, siluro, trucha arcoíris, etc.) solo pueden pescarse en las aguas que la CCAA haya determinado como su área de distribución anterior a 2007. Los ejemplares capturados fuera de estas áreas no pueden devolverse al agua, deben sacrificarse de inmediato y no pueden transportarse vivos. También está prohibido su uso como cebo vivo. Algunas CCAA admiten como excepción la captura y suelta de carpa y black bass en zonas determinadas (no CyL, Aragón, La Rioja, Galicia). Período: todo el año.

Base legal: Ley 42/2007 art. 64, 64 ter (Ley 7/2018); RD 630/2013 art. 7, 10 texto de la orden ministerial

Métodos y cebos

Ley 42/2007 art. 64, 64 ter (Ley 7/2018); RD 630/2013 art. 7, 10

Las especies invasoras del catálogo (carpa, black bass, lucio, lucioperca, siluro, trucha arcoíris, etc.) solo pueden pescarse en las aguas que la CCAA haya determinado como su área de distribución anterior a 2007. Los ejemplares capturados fuera de estas áreas no pueden devolverse al agua, deben sacrificarse de inmediato y no pueden transportarse vivos. También está prohibido su uso como cebo vivo. Algunas CCAA admiten como excepción la captura y suelta de carpa y black bass en zonas determinadas (no CyL, Aragón, La Rioja, Galicia). Período: todo el año.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Pesca nocturna

En casi todas las CCAA la pesca solo está permitida desde 1 hora antes de la salida del sol hasta 1 hora después de su puesta (Galicia art. 12, Murcia art. 5, Extremadura art. 9, Andalucía art. 4). La pesca nocturna solo se permite en competiciones federativas oficiales o, en Extremadura, en los puestos fijos establecidos en el anexo II. Asturias aplica una tabla horaria mensual; para el salmón rigen horarios más cortos. Periodo: Todo el año.

Base legal: Órdenes anuales de vedas de las CCAA texto de la orden ministerial

Pesca nocturna

Órdenes anuales de vedas de las CCAA

En casi todas las CCAA la pesca solo está permitida desde 1 hora antes de la salida del sol hasta 1 hora después de su puesta (Galicia art. 12, Murcia art. 5, Extremadura art. 9, Andalucía art. 4). La pesca nocturna solo se permite en competiciones federativas oficiales o, en Extremadura, en los puestos fijos establecidos en el anexo II. Asturias aplica una tabla horaria mensual; para el salmón rigen horarios más cortos. Periodo: Todo el año.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Especie protegida

Anguila europea (Anguilla anguilla): pesca prohibida.

Base legal: Reg. (CE) 1100/2007; Galicia Orden 11.12.2025 art. 6 y 10; Andalucía Orden 13.0… texto de la orden ministerial

Especie protegida

Reg. (CE) 1100/2007; Galicia Orden 11.12.2025 art. 6 y 10; Andalucía Orden 13.0…

Anguila europea (Anguilla anguilla): pesca prohibida.

La tabla en nuestros registros

Veda
Todo el año

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Especie protegida

Sábalo (Allis shad) (Alosa alosa): pesca prohibida.

Base legal: Galicia art. 10; Extremadura Tabla IV; Bizkaia OF 2084/2026 art. 19 texto de la orden ministerial

Especie protegida

Galicia art. 10; Extremadura Tabla IV; Bizkaia OF 2084/2026 art. 19

Sábalo (Allis shad) (Alosa alosa): pesca prohibida.

La tabla en nuestros registros

Veda
Todo el año

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Especie protegida

Saboga / alosa (Alosa fallax): pesca prohibida.

Base legal: Galicia art. 5: solo en el tramo Couso–desembocadura del Ulla entre 01.05–07.06, 30… texto de la orden ministerial

Especie protegida

Galicia art. 5: solo en el tramo Couso–desembocadura del Ulla entre 01.05–07.06, 30…

Saboga / alosa (Alosa fallax): pesca prohibida.

La tabla en nuestros registros

Veda
Todo el año

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Especie protegida

Esturión europeo (Acipenser sturio): pesca prohibida.

Base legal: Extremadura Tabla IV (extinguido en la región); protegido a nivel nacional (C… texto de la orden ministerial

Especie protegida

Extremadura Tabla IV (extinguido en la región); protegido a nivel nacional (C…

Esturión europeo (Acipenser sturio): pesca prohibida.

La tabla en nuestros registros

Veda
Todo el año

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Especie protegida

Salmón atlántico (Salmo salar): pesca prohibida.

Base legal: Galicia (todas las aguas continentales, art. 1), Navarra (la veda continúa en 2026), Bizkaia (art. 19)… texto de la orden ministerial

Especie protegida

Galicia (todas las aguas continentales, art. 1), Navarra (la veda continúa en 2026), Bizkaia (art. 19)…

Salmón atlántico (Salmo salar): pesca prohibida.

La tabla en nuestros registros

Veda
Todo el año

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Especie protegida

Cacho; tenca (Squalius pyrenaicus; Tinca tinca): pesca prohibida.

Base legal: Andalucía Orden 13.01.2023 art. 2.2 (solo en Andalucía; en CyL la tenca puede pesca… texto de la orden ministerial

Especie protegida

Andalucía Orden 13.01.2023 art. 2.2 (solo en Andalucía; en CyL la tenca puede pesca…

Cacho; tenca (Squalius pyrenaicus; Tinca tinca): pesca prohibida.

La tabla en nuestros registros

Veda
Todo el año

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Suelta obligatoria

Jarabugo, colmilleja, fraile, cangrejo de río autóctono, lamprea marina (Anaecypris hispanica, Cobitis paludica, Cobitis vettonica, Salaria fluviatilis, Austropotamobius pallipes, Petromyzon marinus): devolución obligatoria.

Base legal: Extremadura Orden 07.11.2022 Anexo I Tabla IV (si se captura accidentalmente, devolver inmediatamente al ag… texto de la orden ministerial

Suelta obligatoria

Extremadura Orden 07.11.2022 Anexo I Tabla IV (si se captura accidentalmente, devolver inmediatamente al ag…

Jarabugo, colmilleja, fraile, cangrejo de río autóctono, lamprea marina (Anaecypris hispanica, Cobitis paludica, Cobitis vettonica, Salaria fluviatilis, Austropotamobius pallipes, Petromyzon marinus): devolución obligatoria.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Suelta obligatoria

Barbos y bogas endémicos (Luciobarbus spp., Pseudochondrostoma spp.): suelta obligatoria.

Base legal: Andalucía art. 7.2 (solo captura y suelta; boga 01.05–31.01, barbo 01.07–25.02)… texto de la orden ministerial

Suelta obligatoria

Andalucía art. 7.2 (solo captura y suelta; boga 01.05–31.01, barbo 01.07–25.02)…

Barbos y bogas endémicos (Luciobarbus spp., Pseudochondrostoma spp.): suelta obligatoria.

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Especie invasora

Carpa, black bass (Cyprinus carpio, Micropterus salmoides): invasoras: prohibida la suelta.

Base legal: Esta es la regla general fuera de las zonas cartografiadas (RD 630/2013; Ley 42/2007 art. 64.5 v… texto de la orden ministerial

Especie invasora

Esta es la regla general fuera de las zonas cartografiadas (RD 630/2013; Ley 42/2007 art. 64.5 v…

Carpa, black bass (Cyprinus carpio, Micropterus salmoides): invasoras: prohibida la suelta.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Especie invasora

Lucio, lucioperca, siluro, trucha arcoíris, alburno, perca sol, pez gato negro, perca europea (Esox lucius, Sander lucioperca, Silurus glanis, Oncorhynchus mykiss, Alburnus alburnus, Lepomis gibbosus, Ameiurus melas, Perca fluviatilis): invasoras: prohibida la suelta.

Base legal: Catálogo RD 630/2013. Su pesca solo está permitida en las zonas cartografiadas y los capturados… texto de la orden ministerial

Especie invasora

Catálogo RD 630/2013. Su pesca solo está permitida en las zonas cartografiadas y los capturados…

Lucio, lucioperca, siluro, trucha arcoíris, alburno, perca sol, pez gato negro, perca europea (Esox lucius, Sander lucioperca, Silurus glanis, Oncorhynchus mykiss, Alburnus alburnus, Lepomis gibbosus, Ameiurus melas, Perca fluviatilis): invasoras: prohibida la suelta.

El texto del artículo procede de la orden ministerial. La tabla de arriba se ha trasladado a nuestros propios registros desde las filas correspondientes de la orden y puede contener abreviaciones. Lo vinculante es la publicación oficial. Orden ministerial oficial (PDF) →

Preguntas frecuentes

¿Qué peces se pescan en los lagos y ríos de las Islas Canarias?

Hay 2 especies registradas en los lagos y ríos de las Islas Canarias: Perca americana, Carpa.

¿Qué se pesca en los lagos y ríos de las Islas Canarias cada mes?

El mes con más especies en temporada es mayo (2 especies). Por estación: primavera: Perca americana y Carpa.

¿Cuántas zonas de pesca hay en los lagos y ríos de las Islas Canarias?

Hay 2 zonas de pesca registradas en los lagos y ríos de las Islas Canarias; en la página de cada una están su ubicación, las especies que se pescan y las condiciones adecuadas.

Lagos y ríos

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